A Victoria P.B. quien necesitaba una operación
para cambiarle La válvula aórtica que tenía dañada, le fue denegado el derecho
a la salud en un establecimiento u
Hospital Público de Cataluña, en un proceso penoso que duro 5 meses , porque
ella se negaba a someterse a un procedimiento quirúrgico SIN SANGRE,
Ver aquí cómo llenar su DPA actualizada
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Ella es TJ, y por convicciones religiosas ella
pedía que fuese tratada con alternativas a la sangre, como en el Hospital
Comarcal del Alt Penedés en octubre del 2010 le negaron la atención y le
recomendaron asistir a otro establecimiento Público , el Hospital de Bellvitge
donde el equipo del Médico cirujano se negó a atenderla sin sangre , estuvo a
la espera de que se concertara la cita al establecimiento hasta que la mujer empeoró y el 20 de febrero del 2011
volvió a ser ingresada de nuevo en el Hospital Comarcal del Alt Penedés.
Al final, el 16 de marzo del 2011, la paciente
fue intervenida en la clínica privada Teknon, donde se respetó su deseo y fue
tratada sin sangre por un equipo médico que practica cirugías con las técnicas
modernas y accesibles a la mayoría de centros hospitalarios de España.
Testigo de Jehovà , PROTÉGETE A TI Y A LOS TUYOS , SUGERENCIAS AQUÌ.
Testigo de Jehovà , PROTÉGETE A TI Y A LOS TUYOS , SUGERENCIAS AQUÌ.
La familia interpuso una demanda al sistema de
salud catalán (Servei Catalá de la
Salut) por violar el principio de IGUALDAD médica, pues en los hospitales
públicos ya se practican cirugías sin sangre y existen procedimientos para estas
contingencias médicas más seguras.
El Tribunal
catalán ha dado la razón a Victoria P. B. porque "el Servei Catalá
de la Salut “frustró la confianza legítima” que tenía la paciente para ser
atendida en un hospital de la red pública, como ella solicitó, y que,
finalmente, "se vio obligada a acudir a un centro privado y sufragar los
gastos de intervención una vez constató el agravamiento" de su estado de
salud.
El
Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado ahora al Servei
Català de la Salut a indemnizarle con 22.847 euros por el “anormal”
funcionamiento de la Administración sanitaria, al considerar que la Generalitat
debió contestar a su petición y haberse esforzado en buscar una solución.
Lo que deja un precedente legal en España para
que en el futuro se atienda a los pacientes TJ y particulares que deseen un
mejor tratamiento usando alternativas a la sangre, esta victoria legal pone de
manifiesto que los jueces y los médicos deben de ponerse en sintonía con los
tiempos, los procedimientos que incluyen transfundir sangre van quedando
obsoletos, y las alternativas tales como =
> Cell Saver
>Bisturí Láser
> Eritropoyetina
> Expansores sanguíneos
> Hemodilución
>Parches Hepáticos
Y otros, son una alternativa menos invasiva y
menos riesgosa que ha dado mejores resultados en las intervenciones a pacientes
de cirugías, en comparación con los pacientes que recibieron una trasfusión
alogènica de sangre.
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